La definición de Educación Ambiental se encuentra contenida en La ley de Bases del Medio Ambiente N° 19.300, publicada en el diario oficial del 9 de marzo de 1994, Artículo N° 2, letra h:
"Educación ambiental: Proceso permanente de carácter interdisciplinario destinado a la formación de una ciudadanía que reconozca valores, aclare conceptos y desarrolle las habilidades y las actitudes necesarias para una convivencia armónica entre los seres humanos, su cultura y su medio bío - físico circundante".
Específicamente, la educación ambiental enfatiza estos cinco objetivos de desarrollo:
Conciencia: Ayudar a la población a adquirir conciencia y sensibilidad del medio ambiente y sus problemas; desarrollar la habilidad de percibir y discriminar entre estímulos; procesar, afinar y aumentar estas percepciones; usar estas habilidades en una gama de situaciones nuevas.

Conocimiento: Ayudar a la población a comprender cómo funciona el medio ambiente, cómo el ser humano interactúa con el medio ambiente, y cómo conflictos y problemas relacionados con el medio ambiente se inician y se resuelven.

Actitudes: Ayudar a la población a adquirir un conjunto de valores y sentimientos de preocupación por el entorno, las motivaciones y la decisión de participar en la mejoría del medio ambiente.

Habilidades: Ayudar a los educandos a adquirir las habilidades necesarias para identificar e investigar problemas ambientales y contribuir a la solución de ellos.

Participar: Ayudar a los educandos a adquirir experiencia en el uso de sus conocimientos y habilidades para actuar reflexiva y positivamente en la solución de conflictos y problemas ambientales.
2 comentarios:
La mejor manera de aprender es conociendo la realidad.
OJO!!! Promoción de la salud, no es sinónimo de educación ambiental.Para utilizar la noción de ambiente en promoción de la salud, se requiere de un concepto más amplio a lo que generalmente no está explícito detrás de los programas, acciones y políticas ambientales.
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